ERNESTO J. TOVAR
EL UNIVERSAL
Multas de 4.500 unidades tributarias recibirán quienes
incurran en operaciones de concentración económica
que no se notifiquen al Instituto Nacional Antimonopolio y Antioligopolio
(Inanti), o que no sean autorizadas por el organismo. Esta norma
incluye las ofertas públicas de adquisición en el
mercado de valores.
Asimismo, si la notificación hecha al Inanti se realiza
con información falsa u omisión de información,
la multa a imponer será de 7.000 unidades tributarias,
unos 235 millones de bolívares.
La penalización quedó establecida en la Ley Antimonopolio,
Antioligopolio y la Competencia Justa, que se encuentra
en su segunda discusión en la Asamblea Nacional.
Meses de espera
La notificación o solicitud de autorización inicia
el procedimiento administrativo, pudiendo demorar hasta
80 días.
El lapso del procedimiento se disgrega en la sustanciación
del caso, que podría demorar treinta días
continuos con una posible prórroga de treinta
días más. Finalizado este período,
el presidente del Inanti tomará una decisión
en un plazo de treinta días hábiles.
Para las operaciones de oferta pública de
adquisición en el mercado de valores, el Inanti
tendrá un lapso de quince días para decidir
si continúa con el procedimiento administrativo,
y otro período de quince días hábiles
para emitir una respuesta respecto a la concentración
planteada.
Prevención
Cuando se sospeche de alguna práctica prohibida por
la Ley Antimonopolio, el Inanti podrá acordar
"las medidas provisionales orientadas a proteger
el interés colectivo", según indica
el artículo 78.
Algunas de estas medidas son la orden del
cese provisional de la presunta práctica
prohibida, el dictamen a los presuntos infractores
de condiciones especiales necesarias para
evitar los daños causados y el cierre
provisional de cualquier agente económico
para impedir la pérdida, sustracción
modificación o alteración de elementos
probatorios del comportamiento violatorio
de la ley.
Para el cumplimiento de las medidas preventivas,
el Inanti puede solicitar la colaboración
de otras autoridades, incluyendo la fuerza
pública.
En caso de desacato al cumplimiento de
las medidas, los presuntos infractores
serán sancionados con multa de trescientas
unidades tributarias _10 millones de bolívares_
por cada día de desacato.